CONEPA, la federación de asociaciones de talleres de la que ASETRA forma parte, y CETRAA denuncian ante el presidente del Gobierno que el plan de ayuda a la automoción se olvida de las empresas del sector de la reparación y el mantenimiento
Madrid, 17 de junio. CETRAA (Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines) y CONEPA (Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción), organizaciones empresariales estatales del sector del mantenimiento y la reparación de vehículos automóviles y motocicletas, han dirigido una carta al presidente del Gobierno para pedirle que se contemple expresamente a los talleres en el “Plan de impulso de la cadena de valor de la industria de la automoción”, publicado el pasado lunes y en el que no se hace ni una sola referencia a la actividad de las empresas del sector.
Ambas instituciones, que aplauden el programa de renovación del parque contenido en el plan, han pedido directamente la implicación de Pedro Sánchez al considerar que los contactos reiterados y realizados hasta la fecha con distintos departamentos ministeriales, antes y durante la actual crisis producida por el COVID-19, y tendentes a pedir colaboración, presentar propuestas y ofrecer apoyo en el diseño y desarrollo de iniciativas relacionadas con el automóvil, no han tenido respuesta adecuada a pesar de su amplia representatividad sectorial. CETRAA y CONEPA aúnan a 48 asociaciones de talleres, con un total de 35.000 empresas, más del 80 por ciento del global del sector reparador. Las patronales recuerdan, además, que ya el mes pasado instaron al Gobierno a que se tuvieran en cuenta los servicios de reparación y mantenimiento de vehículos en las ayudas al sector del automóvil en su conjunto en el marco de la crisis sanitaria y económica producida por el Covid-19. Sin embargo, la palabra “taller” no se menciona ni una sola vez en el documento, mientras que sí se hace referencia, como “partes” de ese universo de la automoción al desarrollo de software y a las infraestructuras TIC y eléctricas.
CETRAA y CONEPA subrayan que el taller es un elemento esencial y omnipresente en la vida de un vehículo y recuerdan que el sector, formado mayoritariamente por micropymes y pymes, emplea a más de 150.000 personas y facturó por encima de 12.500 millones de euros en 2019, con una contribución fundamental e imprescindible a la seguridad vial de los españoles. Por ello, manifiestan su preocupación por la nula referencia a sus propuestas en el plan, entre ellas:
- El apoyo al mantenimiento de vehículos ya en circulación como garantía de la seguridad vial y a su transformación mediante aplicación de tecnologías más eficientes, que ayuden a mejorar el nivel de emisiones.
- Los aspectos relacionados con la formación, y muy especialmente la necesidad de fomentar la actualización continua y la puesta al día de los profesionales que trabajan en los talleres en un momento de transformación tecnológica profunda.
- La necesaria ayuda a las inversiones de los talleres en herramientas y equipos tecnológicos que permitan reparar a los nuevos vehículos, acelerar los procesos de digitalización y ayudar a las empresas a asumir los cambios del mundo de la conectividad.
Encuesta sobre evolución de los ERTEs en la Comunidad de Madrid realizada por ASETRA
Madrid, 9 de junio. El 39 por ciento de los talleres madrileños que han recurrido al ERTE durante el estado de alarma habían incorporado la semana pasada a entre el 75 por ciento y el cien por cien de su plantilla, según una encuesta realizada por ASETRA a empresas asociadas. Un 12 por ciento indicó que ya había “rescatado” del ERTE a entre el 50 y el 75 por ciento de los trabajadores afectados, mientras que un 20 por ciento manifestó contar ya con entre un 25 y un 50 por ciento de sus empleados. Un significativo 30 por ciento sólo ha “recuperado” de momento a menos de una cuarta parte de su plantilla.
A la hora de hacer previsiones a corto plazo, el 30 de junio, fecha teórica de finalización de los ERTEs por fuerza mayor, el 69 por ciento considera viable para su empresa incorporar al cien por cien de sus operarios, mientras que al 31 por ciento le resultaría complicado. En todo caso, el 34 por ciento de los talleres encuestados se plantearían recurrir a la fórmula de ERTE por causas productivas, técnicas, etc. de llegar a finales de mes sin poder hacer frente a sus obligaciones con el personal por falta de trabajo.
En cuanto a la posibilidad de ajustes de plantilla, el 24 por ciento de los encuestados se abren a la posibilidad de despidos en caso de que el 30 de junio deban renunciar a los ERTE por fuerza mayor, aun conscientes de que eso significa devolver cuotas exoneradas con sus correspondientes intereses.
En Madrid, el 85 por ciento de los ERTES presentados por empresas dedicadas a la reparación y al mantenimiento del vehículos durante el estado de alarma se planteó por fuerza mayor.
En cuanto a la plantilla afectada, el 86 por ciento de las empresas introdujo en el expediente a entre el 75 y el 100 por cien de su fuerza laboral.
En la encuesta de ASETRA han participado 165 empresas asociadas. De ellas, un 40 por ciento tenía el 15 de marzo pasado hasta tres trabajadores; un 22 por ciento, cuatro o cinco; un 16 por ciento, entre seis y nueve; un 13 por ciento, entre trece y veinte; un 7,5 por ciento entre veintiuno y cuarenta y nueve; y un por ciento, cincuenta o más.
A pesar de la difícil situación vivida por los talleres durante el estado de alarma, aproximadamente un 40 por ciento de las empresas del sector no ha recurrido a expedientes de regulación temporal de empleo, la mayor parte de ellas por no contar con personal contratado por cuenta ajena.
Últimas novedades en el estado de alarma motivado por la crisis del Covid-19.
Madrid, 8 de junio. Nuestros asociados han recibido mediante circular información sobre aspectos jurídicos y recordatorio de medidas higiénicas, con las pequeñas novedades introducidas de interés para nuestro sector.
No hay cambios en cuanto a movilidad territorial. Solo se puede circular por la provincia de Madrid, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene y manteniendo la distancia mínima de seguridad de al menos dos metros, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
Los talleres tienen que seguir manteniendo una franja horaria con servicio prioritario para mayores de 65 años.
En lo que respecta a la apertura de locales de compraventa de vehículos y recambios, se permite ya la apertura, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre que cumplan todos los requisitos siguientes: reducción del aforo en los locales comerciales (al 40 por ciento por planta); distancia mínima de dos metros entre clientes y cumplimiento de medidas de higiene y seguridad correspondientes.
MEDIDAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN VIGOR (novedades relacionadas con el cambio de fase)
Requisitos para la atención al público:
- NOVEDAD: Se permite un aforo del 40% en lugares de acceso público y manteniendo siempre la distancia de seguridad de 2 metros. Si no es posible mantener la distancia de seguridad,
- NOVEDAD: Uso de los aseos por lo clientes: está permitido siendo la ocupación máxima de UNA persona, salvo que la persona precise de asistencia. Se deberá reforzar la limpieza y desinfección de los aseos. En tal caso, se procederá de inmediato a su limpieza y desinfección.
Medidas de Higiene en el taller:
- NOVEDAD: Ventilación periódica: mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.
- NOVEDAD: Se dispondrá de papeleras para depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Se deberán limpiar al menos 1 vez al día.
- NOVEDAD: Se revisará cada hora el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos.
- NOVEDAD: Máquinas expendedoras: se deberá asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección, así como informar a los usuarios de su correcto uso mediante la instalación de cartelería informativa.
Medidas de Higiene para personal trabajador.
- NOVEDAD: Ropa de trabajo: lavado y desinfección regular siguiendo el procedimiento habitual.
Hoy se ha publicado en el BOE la Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. En su artículo primero modifica el artículo 2 de la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Los cambios son:
- En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
- En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas, y se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie, debiendo procurarse, en todo caso, la mayor separación entre los pasajeros.
Recordatorio:
- El uso de mascarillas que cubran nariz y boca es obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo.
- En los transportes en motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L, en general, cuando viajen dos ocupantes, deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio
- En los vehículos con una sola fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, en los que viaje más de un ocupante, deberá utilizarse mascarilla cuando no convivan en el mismo domicilio.
Más información sobre la orden general de uso de mascarillas en transporte público y privado en este enlace.
De cara al periodo estival, ASETRA aconseja negociar lo antes posible con los trabajadores los posibles cambios que se hayan producido en el calendario previsto de vacaciones 2020 como consecuencia de la crisis sanitaria.
Hay que distinguir entre el ERTE total, durante el cual no se devengan vacaciones, por lo que el trabajador tendrá menos días para su disfrute en función del período en el que haya estado acogido a esa fórmula, y el ERTE parcial (reducción de jornada), que sí genera vacaciones, aunque valoradas económicamente en proporción a la jornada reducida.
Aconsejamos a los talleres que consulten con sus asesores cada caso.
Madrid, 5 de junio. Ante las nurmerosas consultas recibidas en relación a este tema, ASETRA ha recordado a sus asociados mediante circular que la regulación normativa de las vacaciones y su distribución para las empresas que han aplicado ERTE es la reflejada a nivel general en el Estatuto de los Trabajadores en su Art. 38:
“El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.”
En este sentido el calendario de vacaciones fijado entre empresa y trabajadores, en caso de haberse planificado con anterioridad a la pandemia, puede mantenerse o adaptarse a la nueva situación surgida por la aplicación de los ERTE, quedando esta circunstancia a la negociación y el acuerdo entre las partes.
En relación con el devengo de días de vacaciones durante la situación de ERTE, se tiene que distinguir:
-Situación de ERTE total, con suspensión total de la jornada, período durante el que no se habrán devengado días de vacaciones, con lo que el número de días de vacaciones anuales devengado será inferior al habitual.
-Situación de ERTE parcial, en el que se ha trabajado parte de la jornada, circunstancia en la que se han seguido devengando días de vacaciones, manteniéndose en Madrid el devengo de los mismos días de vacaciones que otros años, 30 días naturales o 21 días laborales, según el caso.

