ASETRA espera a la aprobación definitiva de los acuerdos por el Consejo de Ministros de hoy y a su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el análisis detallado de sus contenidos. (Nota posterior: Publicado el sábado, 27 de junio, el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, que recoge los contenidos del II Acuerdo Social en Defensa del Empleo).
Adelantamos de momento la información “oficial” de los ministerios implicados.
- Ayudas a autónomos
Los beneficiarios de la prestación extraordinaria tendrán exenciones en las cuotas hasta el 30 de septiembre.
Se facilita el acceso al cese de actividad ordinario para los trabajadores autónomos cuya facturación se haya visto especialmente afectada.
En concreto, las medidas incluyen una prórroga de la exención de las cuotas de la Seguridad Social para los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica y una exención de las cuotas. Así, estos trabajadores no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre.
Además, los beneficiarios de la prestación extraordinaria podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad, siempre que acrediten una reducción de la facturación del 75% del tercer trimestre de 2020 respecto al mismo periodo de un año antes, entre otros requisitos. Para ello, no necesitarán esperar a que termine el trimestre sino que pueden solicitar la prestación ordinaria cuando estimen que cumplen los requisitos y acreditarlos documentalmente una vez finalice el trimestre.
2) Prórroga de los beneficios de los ERTE
Se extienden las exenciones hasta el 30 de septiembre.
Se prevén exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social según el tamaño de la empresa y la reactivación de su actividad.
El acuerdo establece mecanismos de protección para el empleo.
El acuerdo incluye diferentes exoneraciones para las empresas, según su situación. En el caso de las empresas que están en situación de fuerza mayor parcial, el acuerdo hasta septiembre mantiene el espíritu del vigente, bonificando más las cotizaciones de los trabajadores activados que de los suspendidos.
De esta forma, para empresas con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de sus trabajadores activados en los meses de julio, agosto y septiembre y del 35% para los trabajadores que continúen suspendidos.
Para las empresas de 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activados y del 25% para los no activados.
Por su parte, las empresas que están actualmente en ERTE por fuerza mayor total pasarán a ERTE de transición hasta el 30 de septiembre. Dentro de ellas, las que cuentan con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 70%, 60% y 35% en julio, agosto y septiembre, respectivamente. Para las empresas de 50 y más trabajadores, las exoneraciones pasarían a ser del 50%, 40% y 25%, en julio, agosto y septiembre, respectivamente.
Estos ERTE se tramitarán contando con el informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y tras haber informado a los representantes legales de los trabajadores, tal y como regula el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.
Salvaguarda para el empleo
Las empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en caso de ERTE, deberán mantener el empleo durante un período de seis meses.
Durante un ERTE en vigor, las empresas no podrán efectuar despidos y tampoco podrán repartir dividendos. Quedan fuera del ámbito de aplicación de estos ERTE las empresas radicadas en paraísos fiscales.
Las personas trabajadoras de las empresas que se acojan a estos ERTE no podrán realizar horas extra. No estará permitido que las empresas concierten nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que establezcan nuevas externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE.
Protección por desempleo
Las personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados del Covid-19, tanto de fuerza mayor total o parcial como basados en causas productivas o los tramitados en caso de rebrote, gozarán de la protección reforzada prevista en el anterior acuerdo: se les reconocerá la prestación aún cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a 0.
Solo afecta a las nuevas placas. No hay que hacer nada con las existentes hasta ahora, que siguen valiendo.
El taller ya no tendrá que acudir a la Dirección General de Industria para poner el contraste en la placa.
El pasado sábado se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial.
En su artículo primero se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes con objeto de eliminar el contraste de la placa-distintivo de los talleres por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Esto supone que, una vez presentada la declaración responsable para el inicio de actividad, el taller no debe hacer ningún trámite adicional ante la autoridad competente en Industria, que inscribirá de oficio a la nueva empresa en el Registro Integrado Industrial.
Esta modificación del Real Decreto entra en vigor el próximo 1 de julio.
La iniciativa económica de la aseguradora, gestionada por ASETRA y destinada a ayudar al sector en el contexto de la crisis Covid-19, supone un anticipo de facturación a talleres de carrocería asociados de un importe de hasta dos meses la cifra media facturada en 2019 a Mutua Madrileña.
El reembolso, sin interés alguno, se hará en un período total de 24 meses desde la adjudicación, tres meses de carencia y 21 de reintegro.
Desde el pasado 13 de abril, fecha en la que se hizo pública la iniciativa (más información aquí), ASETRA ha gestionado 196 expedientes de empresas asociadas de los cuales han sido aprobados hasta ahora 190, por un importe de 6,5 millones de euros de momento. Las cantidades ya han sido transferidas o están en proceso a disposición de los talleres.
Recordamos a nuestros asociados que, si están interesados en esta iniciativa de Mutua Madrileña en colaboración con ASETRA, aunque crean no reunir todos los requisitos necesarios para la concesión no duden en contactar con nosotros. Haremos todo lo posible por ayudarles y conseguir el anticipo. Pueden ponerse en contacto con ASETRA, llamando al número de teléfono 91 434 06 60 o enviando un correo electrónico a administracion@asetramadrid.com
Se procurará la atención de servicio preferente para mayores de 65 años.
Medidas de aplicación hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria.
Hasta el 5 de julio el aforo será del 60 por ciento. A partir del 6 de julio será del 75 por ciento.
Se controlará el cumplimiento de las medidas preventivas por los servicios de inspección municipales y autonómicos, estableciéndose un régimen sancionador, en caso de infracciones.
Madrid, 22 de junio. El sábado se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la ORDEN 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la sexta prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
La Orden mantendrá su vigencia hasta que finalice oficialmente la situación de crisis sanitaria, mediante declaración del Gobierno de España. ASETRA ha remitido a sus asociados una circular con información general y con específica para los talleres, siguiendo el esquema siguiente:
- Medidas de prevención e higiene de aplicación general para toda la población
- Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador.
- Medidas generales de prevención e higiene para los talleres.
- Medidas generales de control de aforo y organización de las instalaciones abiertas al público.
- Medidas y condiciones de higiene aplicables a máquinas expendedoras.
- Medidas relativas a la higiene de los clientes y usuarios.
- Gestión de Residuos
El Área de Prevención de Riesgos Laborales de ASETRA mantiene un servicio especial personalizado para dar asesoramiento a los talleres y prevenir el riesgo de contagio por COVID-19 en sus instalaciones. Si es usted asociado a ASETRA y quiere aclarar una duda o necesita recibir asesoramiento, contacte con nosotros a través de teléfono (91 434 0660) o correo electrónico (calidadymedioambiente@asetramadrid.com)
De la mano de DIMSPORT y REPSOL, y con el objetivo de apoyar una nueva línea de negocio para los talleres, ayer se celebró la última de las cuatro sesiones teóricas impartidas, de dos horas de duración y online, que se completarán con otras ocho horas de formación práctica para cada una de las tecnologías de adaptación a motores gasolina y/o diésel.
Madrid, 19 de junio. La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción, CONEPA, ha realizado durante las dos últimas semanas junto a DIMSPORT y REPSOL varias sesiones de formación online gratuita en transformación de motores a gas para que los talleres miembros de sus asociaciones puedan acreditarse como instaladores de esta tecnología de vanguardia. La convocatoria fue dada a conocer a través de las entidades miembro de CONEPA, que registraron a 200 participantes, de los cuales 30 pertenecían a empresas asociadas a ASETRA.
Se trata de cuatro sesiones de una duración aproximada de dos horas, en las que se estudiaron los fundamentos técnicos de los sistemas disponibles para la transformación de los vehículos de gasolina y diésel a gas (GLP, GNL y GNC) y se ofrecieron ejemplos prácticos de la instalación completa de los kits Bi-Fuel y Dual Fuel.
Los talleres asistentes a todas las sesiones tendrán convalidada la parte teórica de formación para instaladores, que habrán de completar con módulos prácticos, de ocho horas de duración cada uno y que desarrollan la aplicación de un kit para su montaje concreto en vehículos diésel y de gasolina.
En las jornadas participó, junto a DIMSPORT, personal del departamento comercial de REPSOL. Además, para fomentar la participación de los profesionales se sortearon entre los talleres asistentes dos kits de transformación a GLP en cada charla.
Para CONEPA las sesiones han supuesto un una oportunidad para que los talleres se certifiquen en la transformación de motores, una solución sencilla que da valor añadido a los talleres y aporta nuevas posibilidades de negocio para sus empresas, a la par de contribuir a la mejora de la calidad del aire y la salud de las personas.
Desde DIMSPORT señalan que ¨la transformación de motores a combustibles alternativos es una apuesta segura para los talleres al modernizarles y permitirles ofrecer a sus clientes soluciones medioambientales y de ahorro. Los vehículos transformados permiten a sus propietarios contribuir a un aire más limpio a la vez que les ahorran hasta un 30% la factura anual de combustible ¨.
La transformación de motores consigue que los vehículos transformados reduzcan su huella de CO2 un 25% lo que se ha convertido en una solución medioambiental para consumidores y empresas a la hora de ayudar a que el parque de automóviles y el de flotas sea más verde. La demanda de esta tecnología ha crecido en 2019 en GNC (Gas Natural Comprimido) un 131% y un 557% en GLP (Gas Licuado del Petróleo).

