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ASETRA pone en marcha su encuesta sobre necesidades formativas para 2019

La opinión de nuestros asociados es imprescindible para definir nuestras actividades en el campo de la formación

Durante 2018 ASETRA ha realizado 35 acciones formativas de las que se han beneficiado 500 profesionales.

20150630Madrid, 19 de diciembre. ASETRA está elaborando el calendario de acciones formativas para 2019. Como es habitual cada año, los talleres asociados, principales interesados y beneficiarios del mismo, son los que marcan las pautas a seguir por el área de trabajo.

 Con ese objetivo, se ha enviado a todos los asociados un documento a cumplimentar con sus preferencias formativas para 2019. Es un cuestionario de necesidades muy sencillo. Su cumplimentación supone muy poco tiempo.  Además de someter a revisión las jornadas y cursos actuales, se incorporan nuevos contenidos y se pone a disposición de los profesionales un espacio para posibles sugerencias específicas de cada taller o para hacer llegar comentarios sobre horarios, días de celebración, etc., con el fin de mejorar los servicios de formación ofrecidos.

“Nuestro principal objetivo es conseguir cubrir las necesidades formativas de nuestros asociados y así hacer de los talleres empresas más preparadas y rentables. Recordamos que todas las acciones formativas están disponibles para nuestros asociados y sus trabajadores y muchas de ellas son totalmente gratuitas”, señala Carmen González, responsable del área.

Si usted es asociado de ASETRA y no ha recibido directamente esta información, junto con el formulario a rellenar, contacte lo antes posible con nuestra Área de Formación por los cauces habituales (Teléfono 91 434 06 60 o correo electrónico formacion@asetramadrid.com)

ASETRA analiza las novedades de la nueva Ley Orgánica de protección de datos y sus repercusiones en el taller

La Ley adapta al ordenamiento jurídico español el Reglamento Europeo de Protección de datos, que entró en vigor el pasado mayo y que ha sido este año uno de los temas que más consultas ha generado por parte de los talleres a ASETRA, algo más de 700.

Lo más destacable de la ley es la incorporación explícita de la garantía de los derechos digitales.

20141211Madrid, 17 de diciembre, ASETRA vuelve a profundizar en las normas sobre protección de datos con nuevas circulares informativas a sus miembros, tras la publicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

El primer objetivo de las nuevas comunicaciones se centra en explicar por qué, de nuevo, hablamos como novedad de un tema que se ha colocado durante 2018 entre los que han generado mayor número de consultas de los talleres asociados al Área Jurídica de ASETRA.

Se comienza, por tanto, explicando que la nueva norma supone la adaptación al ordenamiento jurídico español del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completa sus disposiciones. Recordemos que el citado reglamento entró en vigor el pasado mes de mayo y ha dado lugar a un total de siete circulares explicativas diferentes de ASETRA a los talleres.

El Área Jurídica de ASETRA llama la atención sobre dos vertientes de la nueva Ley:

Con respecto al RGPD, no hay novedades sensibles en lo que respecta a la protección de datos (no olvidemos que se trata de la adaptación española del Reglamento). Sí son especialmente destacables estos dos puntos:

  • Tratamiento de datos de contacto de empresarios individuales y de profesionales liberales,legitimado en su condición de profesionales, y no como personas físicas.
  • Regulación del tratamiento con fines de videovigilancia.

Con respecto a la garantía de los derechos digitales, hay dos aspectos a tener en cuenta que están detallados en la nueva circular: lo que compete a los clientes y lo que compete a los trabajadores.

-En cuanto a los clientes:

Reconoce el derecho de rectificación en Internet.

-En cuanto a los trabajadores del taller, la ley contempla el derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral, derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral y el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo.

En la circular de ASETRA se profundiza en cada uno de estos aspectos desde las perspectiva de los talleres. El Área Jurídica está además a disposición de los asociados para asesoramiento individual y resolución de dudas.

Ayudas para la adquisición de vehículos con energías alternativas (Plan MUS) en Madrid

Únicamente, las personas físicas podrán ser beneficiarias

Las ayudas se gestionan a través de los puntos de venta de vehículos previamente adheridos al Plan MUS.

Los puntos de venta estarán obligados a facilitar la instalación de un punto de recarga al beneficiario de la ayuda que compren vehículos de motor eléctrico. Al resto, les ofrecerán un descuento mínimo de 1000 euros antes de IVA.

La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda aprobó recientemente las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el Desarrollo del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (Plan MUS).

¿Qué vehículos son objeto de subvención?

  • Vehículos de categoría M1: propulsados por GLP/autogás, gas batural comprimido (GNC), gas batural licuado (GNL) o bifuel gasolina-gas, vehículos eléctricos puros (BEV – battery electric vehicle), vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV – extended rango electric vehicle), vehículos híbridos enchufables (PHEV – plug in hybrid electric vehicle), vehículos propulsados por pila de combustible.
  • Motocicletas L3e, L4e, L5e y cuadriciclos ligeros L6e: estar propulsadas exclusivamente por motores eléctricos y estar homologados como vehículos eléctricos. Además, han de tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia de motor igual o superior a 3 kW, y una autonomía mínima de 70 km.

Cuantía de las ayudas

La cuantía máxima de las ayudas que podrán percibir los usuarios serán las siguiente:

Homologación

Categoría

Límite precio venta *

Ayuda Plan MUS *

Ayuda concesionario *

GLP o bifuel

M1

11.000

500

1.000

25.000

1.000

GN o bifuel

25.000

2.500

* Euros. El precio de venta al cliente, antes de IVA.

 

 

Homologación

 

 

Categoría

 

 

Autonomía

km

 

Potencia motor

kW

 

Límite precio venta*

 

Ayuda Plan MUS*

Ayuda concesionario*

 

Vehículo

Adicional punto recarga

Pila de combustible

M1

-

-

-

5.500

1.000

-

PHEV, EREV, BEV

Entre 12 y menor de 32

32.000

1.300

-

1.000

Entre 32 y menor 72

2.600

Mayor o igual de 72

5.500

BEV

L6e

-

-

1.950

150

L3e, L4e, L5e

Mayor o igual de 70

Mayor o igual a 3

8.000

750

-

* Euros. El precio de venta al cliente, antes de IVA.

Plazo de presentación de las solicitudes.

Desde 14 de diciembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga del Plan MUS, siempre que exista crédito disponible.

ASETRA pone a disposición de los asociados distintos formatos del calendario laboral 2019

20181214Un año más, ASETRA ofrece a los asociados un formato de calendario laboral. Aconsejamos rellenar convenientemente la información recogida en el calendario y colgarlo en un lugar visible para que todos los trabajadores puedan consultarlo.

No olviden, además, que, a las fiestas nacionales y autonómicas, incluidas en el calendario, hay que añadir las dos adicionales correspondientes al municipio donde está ubicado el taller. Consulte con su ayuntamiento si no dispone de esta información.

Atendiendo la demanda de nuestros asociados, mostramos distintas versiones:

A-Formato de calendario genérico.

B-Formato de calendario personalizable. Se deja un espacio para que el taller pueda incorporar su logotipo.

Si usted es asociado y no ha recibido mediante circular esta información. Contacte con nosotros en el teléfono 91 434 0660 o en el correo electrónico administracion@asetramadrid.com para indicarnos qué modelo prefiere y si desea recibirlo en formato electrónico o impreso.

Desarrollo de una red de recarga rápido de vehículos eléctricos en Madrid

Madrid, 13 de diciembre. El Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid publicó ayer el Decreto de 28 de noviembre de 2018 del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria del procedimiento de otorgamiento de autorización de uso de puntos de recarga para vehículos eléctricos mediante convenio de colaboración para el desarrollo de una red de recarga rápida de oportunidad en espacios de acceso público y universal en la Ciudad de Madrid.

El otorgamiento de la autorización se efectúa en régimen de libre concurrencia y el procedimiento a seguir será el del convenio de colaboración suscrito con cada entidad que cumpla con los requisitos establecidos en las bases. No se prevé establecer ningún tipo de limitación en lo que respecta al número de entidades que puedan concurrir, si bien la formalización de los convenios asociados vendrá determinada por los equipos disponibles.

Entre otros, los compromisos y responsabilidades del autorizado serán que la electricidad suministrada en los puntos de recarga deberá provenir exclusivamente de fuentes de energía certificadas 100% renovables además de garantizar el mecanismo de acceso y uso universal, asegurando que cualquier usuario con independencia de si previamente es o no cliente de los operadores, pueda hacer uso de este servicio y un seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 euros.

Se han de estacar cuestiones como que el firmante del convenio estará exento de firmar garantía y que el periodo de vigencia de la autorización de cada uno de los puntos de recarga será de cuatro años a contar desde el inicio del uso por parte del firmante del convenio de colaboración. También es importante saber, para aquellos interesados, que la instalación debe reunir una serie de requisitos como que el suelo en el que se tenga previsto instalar el punto de recarga rápida se encuentre a nivel de la vía pública, que el acceso sea libre las 24 horas del día o que disponga de medidas de seguridad y vigilancia.

Los interesados tendrán un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid. Dicha publicación aún no ha tenido lugar.

Para más información a asociados sobre este tema se pueden poner en contacto con el Área de Medio Ambiente, Calidad y PRL de ASETRA, por los procedimientos habituales.

Asetra Asociación de Talleres de Madrid

asetramadrid@asetramadrid.com
Tel. 91 434 06 60
C/ Fuenterrabía 5, 1ª planta
28014 Madrid

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