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Prohibida la reparación de vehículos en carreteras o calles que no sea considerada como “auxilio en vía pública”

Publicación en el BOE del Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo de Auxilio en la Vía Pública.

Aquellos talleres que dispongan de “vehículos de auxilio” y quieran prestar ese servicio deberán inscribir sus vehículos y sus datos en el Registro Estatal de auxilio en vía pública (REAV), salvo que ya se encuentren registrados con la anterior clasificación en el Registro de Vehículos a la entrada en vigor de este Real Decreto, el 1 de julio de 2021.

En el texto legal se define qué es “servicio de auxilio en vía pública” y cuándo los talleres pueden prestar su servicio de reparación en determinados supuestos que establece la norma. 

Se recoge también en el mismo texto la regulación de la señal V-16, que sustituirá a los triángulos de señalización de vehículos.

El equipo técnico de ASETRA ya ha emitido una primera circular informativa a los talleres asociados.

20141016Madrid, 18 de marzo. Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. El mismo tiene por objeto regular las condiciones de seguridad para la realización de la actividad de auxilio en vías públicas e introduce cambios en lo que, hasta ahora, se conocía como “auxilio en carretera”.

La norma define como servicio de auxilio en vía pública “el conjunto de operaciones y actuaciones necesarias para realizar el auxilio y rescate de un vehículo que, como consecuencia de avería o accidente, ha dejado de tener capacidad para seguir circulando por sí mismo en circunstancias ordinarias”. Además, se indica que, como regla general, no se realizará ninguna operación que tenga por objeto la reparación del vehículo en la propia vía, salvo:

a) Que tal actuación requiera menos tiempo que la retirada del vehículo de la vía.

b) Que sea imprescindible para efectuar la retirada del vehículo inmovilizado.

Introduce la prohibición de llevar a cabo toda actividad de reparación de vehículos que se encuentren en las vías públicas y que no pueda ser considerada como una operación de servicio de auxilio en vía pública.

La norma hace hincapié en mantener, en todo momento, la seguridad durante las operaciones de auxilio. Por lo tanto, dicha actividad deberá incluirse en la Evaluación de Riesgos realizada por el Servicio de Prevención Ajeno y el trabajador deberá llevar los Equipos de Protección correspondientes.

El Real Decreto entra en vigor el 1 de julio del 2021 para la casuística recogida en este texto.

Los talleres deben tener acceso a ayudas directas en las mismas condiciones que otros sectores

CETRAA, CONEPA, entidad en la que está integrada ASETRA, y GANVAM instan a la ministra Calviño a realizar ajustes en el decreto que regula las ayudas.

Esta información se completa mediante circular a los asociados.

20210317Madrid, 17 de marzo. CETRAA (Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines), CONEPA (Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción) y GANVAM (Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos), solicitan al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la inclusión de las empresas del sector de la venta y reparación de automóviles dentro del plan de ayudas directas a empresas y autónomos.

El Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en virtud del cual se movilizarán 11.000 millones de euros (entre ellos la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas con una dotación total de 7000 millones) para empresas viables que estén atravesando momentos complicados como consecuencia de la pandemia del COVID-19, no incluye a los vendedores de vehículos ni tampoco a los talleres de reparación. Sin embargo, tras las quejas de numerosos sectores empresariales por haber quedado excluidos de las ayudas, la ministra Nadia Calviño, en recientes declaraciones, abría la puerta a realizar ajustes en el mismo durante su tramitación en el Congreso.

Por ello, CETRAA, CONEPA y GANVAM quieren poner de manifiesto la necesidad de incluir en el plan de ayudas a un sector crucial para la economía nacional, que da empleo a más de 350.000 personas y que representa cerca del 2% del PIB, con una facturación anual de más de 91.700 millones de euros y una aportación de más de 18.600 millones de euros al año a las arcas del Estado.

Los presidentes de las tres entidades, Enrique Fontán (CETRAA), Ramón Marcos (CONEPA) y Raúl Palacios (GANVAM), destacan que los talleres de reparación y los vendedores de vehículos han sufrido un gran desgaste desde que comenzó la pandemia y aún tienen por delante un futuro muy incierto. Las reparaciones han registrado una caída media de un 20%, pero la mitad de los talleres reportó descensos en su facturación superiores al 50% entre marzo y septiembre, y las ventas más de un 30%, por lo que resulta de suma importancia la inclusión de estas empresas en el plan de ayudas para evitar que se vean obligadas a redimensionar sus estructuras y ajustar sus plantillas al no contar con el apoyo necesario.

Madrid solo restringe la movilidad en Morata de Tajuña

Salud Pública levanta a partir del próximo lunes el perimetraje a las 15 zonas básicas de salud (ZBS) actualmente con restricciones: Torrejón de Ardoz (6 ZBS), Collado Villalba (3 ZBS), San Sebastián de los Reyes (4 ZBS), María Curie, en Leganés, y Villanueva del Pardillo

La Comunidad aplicará controles a la movilidad en la ZBS de Morata de Tajuña, que las mantendrá entre el 15 y el 29 de marzo.

Las autoridades sanitarias madrileñas subrayan la importancia de seguir cumpliendo estrictamente con las normas sanitarias para la protección de la salud de los madrileños ante la pandemia. El uso obligado de mascarilla, el lavado periódico de manos, la ventilación de los lugares cerrados y el mantenimiento de la distancia física interpersonal se confirman como armas eficaces para la lucha contra el Covid19.

Asi mismo, la Comunidad de Madrid mantiene otras medidas y restricciones, como el toque de queda (23:00 a 06:00)  y el límite de personas en bares y restaurantes, hasta el próximo 9 de abril. Asimismo, continúa vigente la prohibición de reuniones entre no convivientes en domicilio. 

Perimetraje de la Comunidad de Madrid durante los próximos puentes

Por otra parte, el BOE publica hoy  la Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021. En base a ella, nuestra Comunidad quedará perimetrada durante el Puente de la semana próxima (con motivo de la festividad del 19 de marzo) y la Semana Santa.

 

 

El registro de retribuciones en el taller, obligatorio desde el 14 de abril

Todas las empresas están obligadas a un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.

Esta información fue avanzada por ASETRA en el mes de octubre tras la publicación en el BOE de Real Decreto-ley 902/2020, de Igualdad Retributiva entre mujeres y hombres

Nuestra entidad está a la espera de la publicación de un formato tipo de documento para registro anunciado por los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Igualdad. En cuanto sea publicado, lo remitiremos a los asociados.

20141211Madrid, 11 de marzo. Con fecha 14 de octubre de 2020, se publicó el Real Decreto-ley 902/2020, de 13 de octubre de Igualdad Retributiva entre mujeres y hombres, que establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres en materia retributiva.

Para ello las empresas y convenios colectivos deberán integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva.

El principio de igual retribución por trabajo de igual valor vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras, y a todos los convenios y acuerdos colectivos.

Se define como trabajo de igual valor aquel que realiza las mismas funciones con los mismos factores y condiciones laborales y exige los mismos requisitos profesionales o de formación para su realización.

Esta obligación será efectiva a partir de los seis meses de publicación del RDL, 14 de octubre de 2020, momento en el que entrará en vigor, siendo esta fecha el próximo día 14 de abril de 2021.

La obligatoria Declaración Anual de Envases puede presentarse hasta el 31 de marzo

¡!!ÚLTIMO RECORDATORIO!!!

ASETRA facilita a los asociados que lo deseen un impreso tipo que, una vez cumplimentado con los datos oportunos relativos a cada empresa, se debe entregar al Área de Planificación y Gestión de Residuos Comunidad de Madrid. Así mismo, el Área de Medio Ambiente de ASETRA presta apoyo personalizado para realizar el trámite e incluso puede presentar la documentación de los talleres directamente ante la Administración competente por vía telemática de manera completamente gratuita. En este caso, necesitamos la autorización de la empresa (disponemos de modelo) y el envío de los documentos antes del 24 de marzo.

Estamos a disposición de los asociados para cualquier cuestión relacionada con la Declaración de Envases en el teléfono 91 4340660 y en el correo electrónico calidadymedioambiente@asetramadrid.com

 

Asetra Asociación de Talleres de Madrid

asetramadrid@asetramadrid.com
Tel. 91 434 06 60
C/ Fuenterrabía 5, 1ª planta
28014 Madrid

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